Para entrar en el registro de personas electrodependientes, el paciente o su tutor legal debe presentar 2 documentos: Certificado de Paciente Electrodependiente y la solicitud de Registro. El primero debe ir firmado y timbrado por el médico tratante y el director del establecimiento médico correspondiente. Estos documentos pueden ser entregados en:
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Oficinas de Atención Ciudadana de la SEC: se deberá adjuntar adicionalmente una copia de boleta reciente de suministro del domicilio donde el paciente electrodependiente se encuentre en condición de hospitalización domiciliaria o en,
OFICINA COMERCIAL DE ENEL COLINA
(Chacabuco #31, Colina)
CERTIFICADO DE PACIENTE ELECTRODEPENDIENTE DESCARGAR
SOLICITUD DE REGISTRO PACIENTE ELECTRODEPENDIENTE DESCARGAR
En un plazo de 5 días hábiles la Superintendencia de Electricidad y Combustibles (SEC) procederá a notificar al beneficiario y/o tutor legal la inscripción definitiva o rechazo de su solicitud.
El registro de paciente electrodependiente en el domicilio declarado tendrá vigencia de un año, salvo en aquellos casos en que el certificado señale expresamente un tiempo menor.
La SEC notificará al solicitante, con al menos un mes de anticipación a la fecha de término del registro, que se debe realizar un nuevo proceso de certificación si el referido paciente aún mantiene su condición de electrodependencia, mediante la presentación de la documentación correspondiente.